DETERMINACION QUE LA DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA (DINACIA), TENDRA COMPETENCIA EXLUSIVA COMO AUTORIDAD AERONAUTICA NACIONAL




Promulgación: 25/02/2025
Publicación: 07/03/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 7

   La excepción establecida por el artículo 33 del Código Aeronáutico (aprobado por el Decreto-Ley N° 14.305, de 29 de noviembre de 1974), referida a la autorización que otorga la Autoridad Aeronáutica, para que empresas nacionales utilicen aeronaves de matrícula extranjera, queda comprendido dentro del concepto de conveniencia nacional, establecido en dicha norma. La Autoridad Aeronáutica establecerá las condiciones técnicas aplicables. 
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