DECLARACION A LA SARNA OVINA PLAGA NACIONAL




Promulgación: 21/12/1993
Publicación: 07/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 706
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.339 de 22/12/1992.

CAPITULO V - DEL TRANSITO DE OVINOS PARASITADOS

Artículo 23

   La majada en tránsito retornará a su lugar de origen, por el medio que
disponga la Dirección de Sanidad Animal, para disminuir los riesgos de
difusión de la enfermedad, declarándose el o lo predios de origen de la
tropa interdictos.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 25, 27 y 30.
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