Visto: el decreto 632/991 de 27 de noviembre de 1991 y su modificativo
de 26 de marzo de 1992.
Considerando: que de las evaluaciones realizadas resulta conveniente
reducir el recargo mínimo del 1O% al 6%.
Atento: a lo expresado y a lo dispuesto por el artículo 2º de la ley
12.670 de 17 de diciembre de 1959 y el decreto ley 14.629 de 5 de enero
de 1977,
El Presidente de la República
DECRETA: