APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE OSE. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/10/1986
Publicación: 28/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado,
en primer término, deberá proceder a regularizar al personal 
presupuestado que se encuentre desempeñando funciones en distinto escalafón al de sus cargos presupuestales y a tales efectos, los incorporará al escalafón donde venían presentando sus funciones por 
último grado del mismo, a opción del funcionario. El personal referido 
que opte conservará la antigüedad generada con anterioridad al cambio de escalafón la cual sera tenida en cuenta en las promociones hasta 
diciembre de 1984 transferida al cargo que pase a ocupar. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 10, 12 y 15.
Ayuda