MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1986




Promulgación: 04/12/1987
Publicación: 12/01/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, 
en primer término, deberá proceder a regularizar al personal 
presupuestado que se encuentre desempeñando funciones en distinto escalafón al de sus cargos presupuestales y a tales efectos, los incorporará al escalafón donde venían prestando sus funciones por el último grado del mismo, a opción del funcionario.
   El personal referido que opte conservará la antigüedad generada con 
anterioridad al cambio de escalafón la cual será tenida en cuenta en las 
promociones hasta diciembre de 1984 transferida al cargo que pase a 
ocupar. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 10, 12 y 15.
Ayuda