APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1989




Promulgación: 23/11/1988
Publicación: 22/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado
en primer término, deberá proceder a regularizar al personal presupuestado
que se encuentre desempeñando funciones en distinto escalafón al de sus
cargos presupuestales y a tales efectos, los incorporará al escalafón
donde venían prestando sus funciones por el último grado del mismo, a
opción del funcionario. El Personal referido que opte conservará la
antiguedad generada con anterioridad al cambio de escalafón, la cual será
tenida en cuenta en las promociones hasta diciembre de 1984 y transferida
al cargo que pase a ocupar. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 10, 14 y 28.
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