APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. ENERO 1996




Promulgación: 13/03/1996
Publicación: 28/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 619
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   GRUPO DE DIRECCION Y SUPERVISION. El personal del nivel de jefatura,
percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la Escala
Patrón Unica que se indican:
DENOMINACION DEL CARGO          GRADO E.P.U.
Jefe de Unidad                   III 41
Jefe de Unidad                   II 50
Jefe de Unidad                   I 54
Jefe de Departamento             II 54
Jefe de Departamento             I 56

   Cuando al personal comprendido en el cargo de Jefe de Unidad III de
este grupo le correspondiese una remuneración mensual inferior a la que
resultase por su antigüedad, de acuerdo a la escala del artículo 49, se
fijará su remuneración por aplicación de dicho artículo.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 10, 12, 13, 33, 46 y 81.
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