DIRECCION GENERAL DE CATASTRO Y ADMINISTRACION DE INMUEBLES NACIONALES. REGISTRO NACIONAL DE PROPIETARIOS Y ARRENDATARIOS DE INMUEBLES RURALES. CREACION
Reglaméntanse disposiciones de la Ley Nº 13.637 de fecha 21 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Recursos), por las que se encomienda a la Dirección General de Catastro, la formación de una Sección denominada Registro Nacional de Propietarios y Arrendatarios de Inmuebles Rurales.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.637 de 21/12/1967 artículos 20, 21, 22 y 23.
Artículo 5
Inciso final anexo I) modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
Decreto Nº 253/968 de 16/04/1968 artículo 1.