CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LA INDUSTRIA FRIGORIFICA. CREACION




Promulgación: 12/12/1944
Publicación: 18/12/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1236
Ver vigencia: Ley Nº 10.891 de 16/01/1947 artículo 7.
Ver: Ley Nº 10.713 de 15/03/1946 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Del derecho a las compensaciones y sus beneficiarios

Artículo 20

   Las compensaciones a percibir de acuerdo con esta ley, solo podrán ser objeto de embargo, afectación o cesión en los casos y condiciones que la legislación vigente fija para los salarios. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 10.891 de 16/01/1947 artículo 1.
Ver vigencia: Ley Nº 10.891 de 16/01/1947 artículo 8.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 10.562 de 12/12/1944 artículo 20.
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