FIJACION DE IMPUESTO. GANANCIAS ELEVADAS




Promulgación: 28/12/1944
Publicación: 30/12/1944
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1944
  •    Página: 1393
Ver: Ley Nº 11.243 de 13/01/1949 artículo 1.
Referencias a toda la norma

V - Balance fiscal

Artículo 23

   El monto de las amortizaciones para compensar la depreciación de los bienes muebles de la explotación se determinará anualmente, aplicándose el porcentaje correspondiente sobre el valor de costo de los bienes o sobre el valor en la fecha de su ingreso al patrimonio o sobre el valor de reposición determinado por los coeficientes que establezca la reglamentación. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 12.595 de 30/12/1958 artículo 3.
Inciso final derogado anteriormente por: Ley Nº 11.285 de 02/07/1949 
artículo 68 (rige para ejercicios que inicien a partir del 1º de enero de 
1949).

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 10.597 de 28/12/1944 artículo 23.
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