Autorízase al Poder Ejecutivo para dar preferencia en las designaciones que realicen los organismos del Estado, incluyendo Administraciones de los Ferrocarriles Nacionales y la Administración de Aguas Corrientes de Montevideo, de acuerdo con las necesidades de cada servicio; al personal técnico, administrativo y obrero del Servicio Oceanográfico y de Pesca, declarado cesante por razones de economía, a partir del 17 de agosto de 1951.