Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 14.219 de 04/07/1974 artículo 116,
Ley Nº 13.659 de 02/06/1968 artículo 109,
Ley Nº 13.292 de 01/10/1964 artículo 85.
PROCEDIMIENTO
Artículo 34
Todos los plazos de desalojo empezarán a contarse desde la intimación
respectiva.
El Juez podrá aplazar el lanzamiento hasta por sesenta días cuando
mediare causa grave justificada. (*)