FUERZA AEREA MILITAR. CREACION




Promulgación: 04/12/1953
Publicación: 22/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1673
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.157 de 21/02/1974 artículo 269,
      Decreto Ley Nº 14.148 de 31/01/1974 artículo 1.
Ver: Ley Nº 13.835 de 07/01/1970 artículo 59 (Comando General de la Fuerza 
Aérea, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea),
      Ley Nº 12.376 de 31/01/1957 artículo 104 (Tenientes Segundos de la 
Fuerza Aérea).
Referencias a toda la norma

DE LOS CUADROS, GRADOS Y ASCENSOS

Artículo 11

   Cada dos años podrá ascenderse un Coronel al grado de Brigadier. Si no
existieran vacantes, el Poder Ejecutivo procederá a pasar a retiro al 
Brigadier más antiguo en su grado. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 12.275 de 19/01/1956 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 12.070 de 04/12/1953 artículo 11.
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