INCORPORACION A LOS EFECTIVOS OFICIALES COMO SERVICIOS AUXILIARES. AERONAUTICA MILITAR




Promulgación: 21/11/1957
Publicación: 29/11/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1217
Ver vigencia: Decreto Ley Nº 15.688 de 30/11/1984 artículo 225.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   A los Oficiales de los Servicios Auxiliares formando Cuerpo, retirados
por haber alcanzado las edades límites de permanencia en el grado, se les
aplicarán para regular sus retiros los límites de edad para el retiro
obligatorio de los Oficiales de los Servicios Auxiliares establecidos por
el artículo 56 de la ley N° 11.925.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 8 y 9.
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