Ley N° 12761
SEGURIDAD SOCIAL. JUBILACIONES Y PENSIONES
Promulgación: 23/08/1960
Publicación: 31/08/1960
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1960
- Página: 868
TITULO II - CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES Y ESCOLARES
CAPITULO III
MANDATOS A TERMINO
Artículo 69
(*)
(*)Notas:
Redacción derogada por: Ley Nº 14.106 de 14/03/1973 artículo 576.
Redacción dada anteriormente por: Ley Nº 13.032 de 07/12/1961 artículo
383 .
Ver en esta norma, artículo: 70.
TEXTO ORIGINAL:
Ley Nº 13.032 de 07/12/1961 artículo 383,
Ley Nº 12.761 de 23/08/1960 artículo 69.
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