APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 13/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1514

Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 63

   Las reformas a la ley Nº 10.793, de 25 de setiembre de 1946, 
efectuadas por las precedentes disposiciones, entrarán en vigencia el 1º
de julio de 1965, salvo las que se refieren a la creación del "Fondo de
Equipamiento Registral", (artículo 61), que comenzarán a regir a partir
de los treinta días siguientes a la publicación de esta ley.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.
Ver vigencia: Ley Nº 16.871 de 28/09/1997 artículos 100 y 101.
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