PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 21/12/1967
Publicación: 05/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2194

Referencias a toda la norma

IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS

Artículo 68

   Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar total o parcialmente de este 
impuesto las ventas de máquinas agrícolas, sus accesorios y 
repuestos. (*)




(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 13.782 de 03/11/1969 artículo 24.
Ver vigencia:
      T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 1 - Título 10,
      Ley Nº 14.100 de 29/12/1972 artículo 75.
Redacción dada anteriormente por: Ley Nº 13.737 de 09/01/1969 artículo 
329.
Reglamentado por: Decreto Nº 15/968 Derogada/o de 09/01/1968.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.737 de 09/01/1969 artículo 329, Ley Nº 13.637 de 21/12/1967 artículo 68.
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