PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION VII
CAPITULO II - PLAN DE INVERSIONES AGROPECUARIAS

Artículo 414

Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar el siguiente Plan de Inversiones
Agropecuarias, conforme a lo dispuesto en los artículos 7.o, inciso B) de
la ley N.o 12.670, de 17 de diciembre de 1959, y 14, inciso B) de la ley N.o 13.319, de 28 de diciembre de 1964 por la suma de $ 369:000.000.00
(trescientos sesenta y nueve millones de pesos).

Los fondos expresados se tomarán con cargo a las recaudaciones efectuadas
de conformidad con el inciso B) del artículo 14 de la ley N.o 13.319, de 28 de diciembre de 1964, durante los Ejercicios 1965, 1966 y 1967, y se
aplicarán de la siguiente manera:

A) PROGRAMAS PERMANENTES
                                                       $

1. Investigación, extensión y asistencia técnica.
   Para implementar obras y programas de
   investigación agropecuaria, de extensión y
   de asistencia técnica ........................ 28:000.000.00

2. Programa de suelos.

   Para el relevamiento, trabajos de campo y
   de laboratorio de clasificación de los
   sueldos del país .............................  7:000.000.00

3. CONAC

   Para el desarrollo comunitario y
   regional ...................................... 6:000.000.00

4. Comisión Nacional de Mejoramiento de
   la Producción Ovina

   Para el desarrollo de la tecnificación
   ovina ......................................... 5:000.000.00

5. Plan Agropecuario.

   Para incrementar las posibilidades de
   prestación de asistencia técnica a los
   productores, conforme a lo dispuesto
   por la Ley número 12.394, de 2 de julio de
   1957 ......................................... 40:000.000.00

6. Sanidad animal.

   Para la lucha contra la aftosa, la garrapata,
   la brucelosis y otras epizootias.         55:000.000.00  141:000.000.00
                                             _____________  


7. Sanidad vegetal.

   Para el contralor de las plagas agrícolas.                10:000.000.00

8. Semillas.

   Para el desarrollo de la producción nacional de
   semillas forrajeras y de los servicios
   de certificación .........................                 5:000.000.00

9. Producciones vegetales intensivas.

a) Programa para obtención de semilla de
   papa nacional .........................      5:000.000.00
b) Programa para investigaciones en
   problemas citrícolas, con especial
   referencia a la instalación de un Banco
   de yemas certificadas ...................... 4:000.000.00
c) Para el estímulo a la producción
   hortícola y fomento a las huertas
   familiares (Ley número 11.751, de 16 de
   noviembre de 1951) ......................... 4:000.000.00
d) Programa para la promoción de la
   producción y comercialización de frutas ..   4:000.000.00 17:000.000.00
                                                ____________

10. Puesto Central de Maquinaria ............                 8:000.000.00

11. Hidatidosis.

    Para la Comisión Honoraria de Lucha
    Contra la Hidatidosis, creada por Ley N.o
    13.459, de 26 de noviembre de 1965                        4:000.000.00

12. Boletín Informativo .....................                 2:000.000.00

13. Forestación.

    Para asistencia técnica, planificación,
    trabajo de producción forestal y
    acrecentamiento y gestión del Patrimonio
    Forestal del Estado .................... 12:000.000.00

14. Movimiento de la Juventud Agraria .....   5:000.000.00  204:000.000.00

B) OBLIGACIONES PENDIENTES

1. Para la financiación del préstamo de
   semilla de trigo, según Ley N.o 13.126, 
   de 8 de mayo de 1963 ..................... 22:000.000.00
2. Para finalización de las obras del Centro
   de Investigaciones Agrícolas "Doctor
   Alberto Boërger". ........................ 10:000.000.00
3. Para saldar las obligaciones derivadas
   de los programas de Estímulo a la
   producción de ganado joven ............... 22:000.000.00 54:000.000.00
                                              _____________
C) INVERSIONES POR UNA SOLA VEZ

1. Centro de Investigaciones Veterinarias
   "Dr. Miguel C. Rubino"

   Para la construcción de un laboratorio y
   tres subcentros de diagnóstico para
   trabajar en colaboración con el Programa
   del Fondo Especial de las Nacionales
   Unidas y para la ampliación o adquisición
   del campo experimental ................    30:000.000.00

2. Campo Experimental en la cuenca de la
   Laguna Merín.

   Para la compra de tierras, equipos y
   ganado, para la construcción de edificios
   y para el equipamiento de un campo
   experimental ganadero que atenderá también
   el desarrollo tecnológico de la producción
   de arroz y otros cultivos regables y la
   utilización más económica del riego, en
   conexión con el Programa 07 del Capítulo
   "Presidencia de la República.............  25:000.000.00

3. Industria Lechera.

   Para el relevamiento de la cuenca lechera
   y planificación de la producción,
   comercialización e industrialización de la
   leche ...................................   5:000.000.00

4. Forestación .............................  15:000.000.00

5. Sede del Ministerio de Ganadería y
   Agricultura y Boletín Informativo del
   mismo....................................  10:000.000.00

6. Sanidad vegetal.

   Para el cumplimiento de los programas
   de contralor de plagas agrícolas ........   8:000.000.00

7. Centro de Investigaciones en Fruticultura,
   Horticultura y Vitivinicultura.

   Para implementación del Campo Experimental
   en Las Brujas ............................  5:000.000.00

8. Servicio Aéreo.

   Reposición de aviones ....................  9:500.000.00

9. Hangar en Melilla ........................  3:500.000.00 111:000.000.00
                                               ___________   ____________

                                                            369:000.000.00
                                                             ____________

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 415, 416 y 417.
Referencias al artículo
Ayuda