FIJACION DE EXONERACIONES DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO A LA CORPORACION PARA EL DESARROLLO




Promulgación: 22/12/1987
Publicación: 08/01/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 1157

Artículo 1

   Agrégase al artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1987, el
siguiente literal:(*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

   Agrégase al artículo 20 del Título 4 del Texto Ordenado 1987, el
siguiente literal:(*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
Ver: Texto/imagen.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112,
      T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 99 - Título 4.

Artículo 3

   Sustitúyese el literal I) del artículo 11 del Título 4 del Texto
Ordenado 1987, por el siguiente:(*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
Ver: Texto/imagen.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112,
      T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 99 - Título 4.

Artículo 4

   Sustitúyese el inciso primero del artículo 8º del Título 14 del Texto
Ordenado 1987, por el siguiente:(*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 5

   La tenencia de acciones de la Corporación Nacional para el Desarrollo
se considerará activo gravado a los efectos del cálculo del pasivo
computable para la determinación del patrimonio gravado.
Referencias al artículo

Artículo 6

  Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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