Reglamentada por: Decreto Nº 452/988 de 06/07/1988.
TITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Decláranse de interés nacional la defensa, el mejoramiento, la ampliación, la creación de los recursos forestales, el desarrollo de las industrias forestales y, en general, de la economía forestal. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
SANGUINETTI - PEDRO BONINO GARMENDIA - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - HUGO M. MEDINA - ADELA RETA - ALEJANDRO ATCHUGARRY - JORGE PRESNO HARAN