CAPITULO IX - RELACIONES CON EL PODER EJECUTIVO Y CON EL PODER LEGISLATIVO
Artículo 43
(Informe de Política Monetaria).- El Banco publicará al menos
trimestralmente en ocasión de la reunión del Comité de Política
Monetaria, un Informe de Política Monetaria, el cual incluirá:
A) Un análisis de inflación.
B) Los fundamentos y metas instrumentales de su política monetaria
durante el horizonte de planificación.
C) Un análisis del contexto macroeconómico, incluyendo crecimiento y
empleo, y del balance de riesgos en el cual éste se desarrolla.
D) La evaluación de la gestión monetaria en el período anterior, en
función de las metas proyectadas y alcanzadas. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.401 de 24/10/2008 artículo 5.
(Nombre del Capítulo IX) redacción dada por: Ley Nº 18.401 de 24/10/2008
artículo 3.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.696 de 30/03/1995 artículo 43.