(Duración).- El Programa creado en el artículo 1° de la presente ley tendrá una duración de doce meses y se desarrollará entre los meses de junio del año 2021 y mayo del año 2022. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.025 de 31/03/2022 artículo 1.
Redacción dada anteriormente por: Ley Nº 19.997 de 18/11/2021 artículo 1.
Reglamentado por:
Decreto Nº 153/022 de 17/05/2022,
Decreto Nº 398/021 de 07/12/2021.
TEXTO ORIGINAL:
Ley Nº 19.997 de 18/11/2021 artículo 1,
Ley Nº 19.952 de 20/05/2021 artículo 5.