REGULACION NORMATIVA RELATIVA AL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO DE LOS PROGENITORES RESPECTO DE LOS NACIDOS SIN VIDA




Promulgación: 24/09/2024
Publicación: 02/10/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   (Derecho a la obtención del certificado de defunción habilitante para la inhumación o cremación).- A los efectos de hacer posible la inhumación o cremación del nacido sin vida conforme a la definición del artículo segundo, podrán los progenitores solicitar la expedición del certificado de defunción por el médico tratante. En caso de desacuerdo, primará la decisión de la progenitora.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 5 y 13.
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