INCLUSION EN LOS CONTROLES DE EMBARAZO, EL ANALISIS DE VALORES DE HIERRO Y VITAMINA B12, Y UN COMPLEMENTO NUTRICIONAL ANTE SU INSUFICIENCIA EN GESTANTES DE CONTEXTO VULNERABLE




Promulgación: 23/12/2025
Publicación: 07/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   (Beneficio de complemento nutricional gratuito).- Aquellas gestantes atendidas en el sector público, cuyos hogares sean beneficiarios de la Tarjeta Uruguay Social, a quienes se detecten valores insuficientes de ferritina y/o vitamina B12, tendrán derecho a percibir del Estado un complemento nutricional con el aporte adecuado de hierro y vitamina B12.

   Este complemento deberá ser gratuito y otorgado durante toda la gestación.

   Aquellas gestantes con valores insuficientes de ferritina y/o vitamina B12, usuarias del sector público que no pertenezcan a hogares beneficiarios de la Tarjeta Uruguay Social, también podrán tener derecho al complemento nutricional a que refieren los incisos anteriores, cuando así lo establezca el equipo médico tratante en forma debidamente fundada, en los términos que disponga la reglamentación.

   A los efectos de lo dispuesto en esta ley se considerarán "valores insuficientes de ferritina y vitamina B12" aquellos inferiores a los estándares establecidos por la Organización Mundial de la Salud.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4, 5 y 6.
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