PRESUPUESTO. PRORROGA




Promulgación: 06/08/1931
Publicación: 12/08/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 376
Ver vigencia:
      Ley Nº 8.935 de 05/01/1933 artículo 2,
      Ley Nº 8.918 de 06/12/1932 artículo 1,
      Ley Nº 8.908 de 01/11/1932 artículo 1,
      Ley Nº 8.883 de 09/09/1932 artículo 1,
      Ley Nº 8.874 de 06/08/1932 artículo 1,
      Ley Nº 8.861 de 05/07/1932 artículo 1,
      Ley Nº 8.850 de 07/06/1932 artículo 1,
      Ley Nº 8.843 de 10/05/1932 artículo 1,
      Ley Nº 8.839 de 07/04/1932 artículo 1,
      Ley Nº 8.775 de 20/10/1931 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 31

   Auméntase en $ 0.25 por litro el impuesto al alcohol destinado a la preparación de perfumes y aguas colonias, y en 25 centésimos por litro el de aguas perfumadas y esencia elaboradas a base de alcohol que se importen y en proporción el de las que vengan en envases mayores o menores.
   Fijase en $ 0.20 por litro el impuesto de alcohol destinado a la fabricación de especialidades farmacéuticas o a usos de laboratorios. puesto interno a los aguardientes las cañas importados, en cascos el impuesto de 15 centésimos por litro o fracción de litro a los vinos embotellados, que creó la ley de 16 de Noviembre de 1926. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 48 (vigencia).
Referencias al artículo
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