REGULACION DE DISPOSICIONES SOBRE INDEMNIZACION A CAUSAHABIENTES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS FALLECIDOS A CONSECUENCIA DE ENFRENTAMIENTOS ARMADOS DE ACCIONES SUBVERSIVAS




Promulgación: 11/01/1977
Publicación: 20/01/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 78
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.526 de 01/06/1976.
Visto: lo dispuesto en la ley 14.526 de 25 de mayo de 1976, referente a la
reparación que percibirán los causahabientes de funcionarios o ex
funcionarios públicos civiles fallecidos como consecuencia directa de la
acción armada de asociaciones subversivas.

Considerando: la necesidad de reglamentar los distintos aspectos
involucrados en dicho texto legal.

Atento: a lo dispuesto por el artículo 168º, inciso 4º de la Constitución
de la República,

El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA:

Artículo 1

  Los causahabientes de los funcionarios o ex funcionarios a que hace
referencia el artículo 1º de la ley 14.526 del 25 de mayo de 1976, deberán
presentar la solicitud de reparación ante el Organismo donde prestaba
servicio el causante. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4, 5, 7 y 8.

  MENDEZ - HUGO LINARES BRUM - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO SAMPSON - LUIS H. MEYER - JOSE
E. ETCHEVERRY STIRLING - ANTONIO CAÑELLAS
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