LIBRO II - DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO TITULO VII - DE LOS INCIDENTES CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 298
(Incidentes durante la prueba).- Los incidentes surgidos durante el
período de prueba no suspenden su prosecución y se decidirán antes de
agregar las probanzas. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:300, 305, 307 y 357 (vigencia).