Decreto Departamental de Maldonado N° 3718/997
ORDENANZA GENERAL DE CONSTRUCCIONES (TONE)
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Art.13°) Registros.- Para poder suscribir un proyecto, los arquitectos o ingenieros civiles, los constructores, las empresas de demolición y los técnicos instaladores sanitarios, deberán estar inscritos en los registros respectivos, que llevará la Dirección de Control Edilicio y estar al día en el pago de la tasa anual, cuando ello corresponda.- La reglamentación establecerá los requisitos para la inscripción y eventualmente el número máximo de permisos que los registrados podrán tramitar simultáneamente.
(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.092/024 de 29/01/2024 artículo 1.
Ver: Resolución Departamental de Maldonado Nº 02.418/998 de 07/08/1998 artículos 6, 7, 8, 9 y 10.
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