REGLAMENTACION DE LA LEY 20.130, RELATIVA A LA REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 31/07/2023
Publicación: 01/08/2023
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 20.130 de 02/05/2023,
      Ley Nº 16.713 de 03/09/1995 artículos 77, 77 - BIS, 77 - TER, 86, 
89, 90, 123, 123 - BIS y 123 - TER,
      Ley Nº 15.800 de 17/01/1986 artículo 13 - BIS,
      Acto Institucional Nº 9 de 23/10/1979 artículo 63.

Sección IV - Personal de Embajadas, Consulados

Artículo 33

   (Caducidad).- Los convenios suscritos al amparo del régimen de facilidades previsto por los artículos precedentes caducarán por la falta de pago dentro del plazo de dos (2) meses contados a partir del vencimiento de la primera cuota impaga.
   En los casos referidos por el inciso precedente, se hará exigible el saldo de la deuda originaria convenida, con más los recargos que correspondieren de acuerdo con el artículo 94 del Código Tributario (Decreto-Ley N° 14.306, de 29 de noviembre de 1974) hasta su efectiva cancelación.
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