REGLAMENTACION DE LA LEY 20.130, RELATIVA A LA REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 31/07/2023
Publicación: 01/08/2023
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 20.130 de 02/05/2023,
      Ley Nº 16.713 de 03/09/1995 artículos 77, 77 - BIS, 77 - TER, 86, 
89, 90, 123, 123 - BIS y 123 - TER,
      Ley Nº 15.800 de 17/01/1986 artículo 13 - BIS,
      Acto Institucional Nº 9 de 23/10/1979 artículo 63.

Sección VI - Facilidades de Pago de Servicio Doméstico

Artículo 41

   (Sanciones).- Al monto de la cuota, se deberán adicionar las sanciones pecuniarias exigibles que correspondan en caso de que la parte trabajadora fuera titular de una cuenta de ahorro individual obligatorio, que corresponderá a la rentabilidad máxima del mercado de Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional que hubiese generado el monto de la obligación original, entre la fecha de la misma y la del convenio. Éstas, serán canceladas diferenciándose del resto de los conceptos que conformen el saldo deudor, en el plazo máximo establecido en el artículo 36 del presente Decreto.
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