Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.162 de 01/11/2013,
Ley Nº 16.713 de 03/09/1995 artículos 108, 109 y 110.
Artículo 6
(Solicitud de asesoramiento para ampararse al artículo 1°: plazo). A los
efectos de ampararse a lo previsto en el artículo 1° del presente decreto,
la solicitud del asesoramiento a que refiere el artículo 4° del mismo sólo
podrá efectuarse hasta el 31 de enero de 2016.