Reglamentario/a de: Ley Nº 17.292 de 25/01/2001 artículos 48, 49, 50, 51,
52, 53, 54 y 55.
CAPITULO III - DE LOS PLANOS
Artículo 14
A partir de la fecha de la habilitación final de las obras de
infraestructura el plano-proyecto no podrá ser utilizado para el
otorgamiento de nuevos actos y contratos relativos a los bienes
comprendidos en el mismo.-