REGLAMENTACION DEL CAPITULO IV DE LA LEY 19.484 (MODIFICATIVO DEL TEXTO ORDENADO DE DGI), RELATIVO A LA OBLIGACION DE PRESENTAR EL INFORME PAIS POR PAIS Y EL INFORME MAESTRO PARA CONTRIBUYENTES QUE INTEGRAN UN GRUPO MULTINACIONAL DE GRAN DIMENSION ECONOMICA




Promulgación: 26/10/2018
Publicación: 07/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículos 41 - Título 4, 
44 - Título 4, 46 - Título 4 y 46 - TER Título 4.

Artículo 2

   Informe Maestro.- El Informe Maestro a que refiere el artículo 46 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, deberá contener al menos la siguiente información:

   1. Con respecto a la estructura organizacional del Grupo Multinacional:

   a)   Organigrama que ilustre la estructura jurídica y detalle las
        participaciones patrimoniales en las entidades del Grupo
        Multinacional, así como la localización geográfica de las
        entidades que lo integran.

   2. Con respecto al negocio del Grupo Multinacional:

   a)   Una descripción de los principales factores impulsores de los
        beneficios empresariales del grupo.

   b)   Una descripción de la cadena de suministro de los 5 (cinco)
        principales productos o servicios del grupo, medidos en términos
        de facturación, así como cualquier otro producto o servicio que
        represente más del 5% (cinco por ciento) de las ventas del grupo.
        La descripción requerida podrá presentarse en forma de gráfico o
        diagrama.

   c)   Una lista y breve descripción de los acuerdos relevantes de
        prestación de servicios entre miembros del Grupo Multinacional,
        distintos de los servicios de investigación y desarrollo,
        incluyendo una descripción de las funciones realizadas, activos
        utilizados y riesgos asumidos por los principales centros
        proveedores de servicios, así como de las políticas de precios de
        transferencia utilizadas para repartir los costos de dichos
        servicios, y determinar los precios a pagar por éstos.

   d)   Una descripción de los principales mercados geográficos donde se
        comercializan los productos y servicios del grupo que se
        mencionan en el literal b) del presente numeral.

   e)   Un análisis funcional en el que se expongan las principales
        contribuciones realizadas por cada una de las entidades del grupo
        a la creación de valor de las operaciones del Grupo
        Multinacional, es decir, las funciones realizadas, los riesgos
        asumidos y los activos utilizados por cada una de éstas en dichas
        operaciones.

   f)   Una descripción de las principales operaciones de
        reestructuración de negocios o empresariales, adquisiciones y
        desinversiones que hayan tenido lugar durante el ejercicio
        fiscal.

   3. Con respecto a los intangibles del Grupo Multinacional:

   a)   Una descripción general de la estrategia global del Grupo
        Multinacional en lo que respecta al desarrollo, propiedad y
        explotación de intangibles, incluyendo la localización de los
        principales centros de investigación y desarrollo (instalaciones
        y administración).

   b)   Una lista de los intangibles, o conjuntos de intangibles, del
        Grupo Multinacional que sean relevantes a efectos de los precios
        de transferencia, indicándose el nombre de la entidad titular de
        éstos.

   c)   Un listado de los acuerdos relativos a intangibles celebrados
        entre entidades vinculadas, en particular los acuerdos de reparto
        de costos, los acuerdos de servicios de investigación y los
        acuerdos sobre licencias.

   d)   Una descripción general de las políticas del grupo sobre precios
        de transferencia en relación con investigación y desarrollo e
        intangibles.

   e)   Una descripción general de cualquier transferencia en la
        titularidad de los intangibles y de los derechos que se tengan
        sobre éstos, realizadas entre entidades vinculadas durante el
        ejercicio fiscal, detallando a las entidades, los países y las
        retribuciones correspondientes.

   4. Respecto a actividades financieras entre entidades integrantes del Grupo Multinacional:

   a)   Una descripción general del modo en que se financia el Grupo
        Multinacional, incluyendo una descripción de los principales
        acuerdos de financiación realizados con entidades prestamistas no
        vinculadas.

        b) Un listado de las entidades del Grupo Multinacional que
        desempeñen funciones centralizadas de financiación para el grupo,
        con indicación del país de constitución de dichas entidades y su
        sede de dirección.

        c) Una descripción general de las políticas del grupo sobre
        precios de transferencia en lo que respecta a los acuerdos de
        financiación entre entidades vinculadas.

   5. Respecto a posiciones financieras y fiscales del Grupo Multinacional:

   a)   Una copia de los estados contables consolidados del Grupo
        Multinacional correspondiente al ejercicio de informe, cualquiera
        sea el motivo de su formulación.

   b)   Una lista y una descripción de los acuerdos anticipados de
        precios de transferencia celebrados por las entidades integrantes
        del Grupo Multinacional con las Administraciones Tributarias, así
        como de otras resoluciones fiscales relativas a la atribución de
        rentas entre países.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10 (vigencia).
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