APROBACION DE REGLAMENTACION DE LA LEY 14.650, RELATIVA A MARINA MERCANTE DE BANDERA NACIONAL




Promulgación: 03/07/1978
Publicación: 17/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 9
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.650 de 12/05/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - RESERVAS DE CARGAS

Artículo 1-4

 ARTICULO 4º (Buques comprendidos).- Los derechos y obligaciones consagrados en la ley que se reglamenta y en el presente comprenderá exclusivamente a aquellos buques mercantes destinados a la actividad de transporte de personas, equipajes, mercaderías, bienes o productos, cualquiera fuera la naturaleza jurídica de sus armadores o propietarios. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 1 - 15, 1 - 19, 1 - 28, 1 - 35, 1 - 41, 1 - 
42, 1 - 45 y 1 - 50.
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