FIJACION DE ZONAS DE PROTECCION DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO "GRAL. CESAREO L. BERISSO"




Promulgación: 24/10/2005
Publicación: 28/10/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1078
Derogada/o por: Decreto Nº 84/023 de 13/03/2023 artículo 6.
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
(Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica) por
la cual solicita la actualización de las Zonas de Protección del
Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso".

RESULTANDO: I) que por el Decreto 458/84 de 23 de octubre de 1984, se
determinaron las zonas de Protección del Aeropuerto Internacional antes
citado y se aprobaron los planos correspondientes.

II) que el artículo 72 del Decreto-Ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974
(Código Aeronáutico) prevé que el Poder Ejecutivo establecerá las Zonas
de Protección de los aeródromos y aeropuertos.

III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo actuando en Consejo de
Ministros 291/003 de 12 de diciembre de 2003 se delegó en la Dirección
Nacional antes mencionada las atribuciones concernientes a la aprobación
y modificación de las reglamentaciones del Código Aeronáutico, entre
otros.

CONSIDERANDO: I) que la actualización se fundamenta en que dado el avance
tecnológico operado en la navegación aérea, se hace necesario utilizar
como marco común de referencia geodésica para la aviación, el Manual del
Sistema Geodésico Mundial WGS - 84.

II) que la exactitud de las coordenadas geográficas por referencia a éste
sistema de posicionamiento satelital facilitan la evaluación de las áreas
a proteger de obstáculos.

III) que la Organización de Aviación Civil Internacional adoptó como
norma el Sistema de Referencia Geodésico Mundial WGS-84, y dispuso las
consiguientes Enmiendas en los Anexos correspondientes (DOCUMENTO 9674),
recomendando su adopción a los Estados Miembros.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 72 y siguientes del Decreto-Ley
14.305 de 29 de noviembre de 1974 (Código Aeronáutico), por la Resolución
del Poder Ejecutivo 291/003 del 12 de diciembre de 2003, a lo informado
por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 418/005 de 24/10/2005 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 418/005 de 24/10/2005 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 418/005 de 24/10/2005 artículo 3.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 418/005 de 24/10/2005 artículo 4.

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 418/005 de 24/10/2005 artículo 5.

Artículo 6

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 418/005 de 24/10/2005 artículo 6.

Artículo 7

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 418/005 de 24/10/2005 artículo 7.

RODOLFO NIN NOVOA - AZUCENA BERRUTTI - JOSE DIAZ - VICTOR ROSSI
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