Las empresas o productores interesados en acogerse a las exoneraciones
previstas en el presente decreto, así como las Cooperativas que los
agrupan, deberán presentarse ante la Dirección Forestal, indicando:
nombre o razón social, estatutos e integración del directorio certificados
notoriamente, domicilio, teléfono, ubicación de la explotación (indicando
incluso medios de acceso a la misma), especies a trabajar; edad y clases
diamétricas de los árboles, productos a elaborar; factura proforma de
valor FOB y CIF triplicados, y catálogos o literatura también por
duplicados de los bienes a importar; así como todo otro elemento que
requiera la misma.