La publicidad que efectúen los fiduciarios deberá ajustarse a las
disposiciones de la Ley Nº 17.250, de 11 de Agosto de 2000. La publicidad
relativa a los fideicomisos y fiduciarios financieros se regirá
complementariamente por las previsiones de los artículos 20º a 22º del
Decreto Nº 344/996, del 28 de agosto de 1996.-