REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 17.703. FIDEICOMISOS




Promulgación: 11/12/2003
Publicación: 18/12/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1505
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.703 de 27/10/2003 artículos 6, 12 y 17.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - REGISTRO DE FIDEICOMISOS Y FIDUCIARIOS
SECCION I - FIDEICOMISOS

Artículo 5

   En todo acto que recaiga sobre bienes registrables incluidos en un 
fideicomiso, el registrador deberá controlar la constancia del 
profesional interviniente que establezca la vigencia del fideicomiso en 
el Registro de Actos Personales sección Universalidades del Ministerio de 
Educación y Cultura o bien que el mismo se encuentra en trámite, en cuyo 
caso dará un plazo que determinará en cada caso el registrador, para la 
presentación de la constancia de vigencia del fideicomiso referida.-

                                
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