Derogada/o por: Decreto Nº 42/006 de 20/02/2006 artículo 10.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.170 de 28/12/1990 artículo 147.
Visto: el artículo 147 de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990.
Resultando: I) Que el mencionado artículo vigente a partir del 1º de
enero de 1991- establece un nuevo sistema de ascenso al grado de Inspector
General, en todos los Subescalafones del Escalafón Policial;
II) Que el régimen citado dispone que los cargos de Inspector General,
serán cubiertos por los sistemas de concurso, antigüedad calificada y
selección, debiéndose dividir a esos efectos las vacantes existentes al 1º
de febrero de cada año, por Subescalafón y por tercios.
Considerando: la conveniencia de reglamentar el nuevo sistema de
ascensos, especialmente en lo que tiene relación con el concurso.
Atento: a lo anteriormente establecido, y a lo dispuesto en el artículo
168, numeral 4º de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA: