Establécese un régimen de inscripción de existencias de animales y de
utilización de Guías de Propiedad y Tránsito para los mismos, en base al
anteproyecto estructurado por la Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales, en el cual se establecen
obligaciones para el tránsito de ganado, inscripción en el Registro
Nacional, presentación de Declaración Jurada anual, forma, impresión,
uso y distribución de las guías de propiedad y tránsito y régimen de
sanciones (comisos y multas).