El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículos 59, 60, 61, 62,
63, 64, 65, 66 y 67.
CAPITULO IV
DE LA INTEGRACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE SELECCIÓN
Artículo 21
El Jerarca de la Unidad Ejecutora respectiva homologará el fallo del concurso y otorgará vigencia a la lista de prelación por doce meses, contados a partir de la misma.