PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. JUEGOS DE AZAR




Promulgación: 09/01/1953
Publicación: 20/01/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 23
Ver vigencia:
      Ley Nº 12.945 de 21/11/1961 artículo 1,
      Ley Nº 12.585 de 16/12/1958 artículo 1,
      Ley Nº 12.272 de 12/01/1956 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Para el cumplimiento más eficaz de sus tareas en el aspecto contable, liquidación de porcentajes, inspecciones, arqueos, guarda y registro de documentación, el Tribunal de Cuentas de la República prestará a la Comisión Honoraria la colaboración de Contadores que percibirán los viáticos que fije el Poder Ejecutivo, mientras cumplan dichas funciones. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 12.945 de 21/11/1961 artículo 11.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 11.913 de 09/01/1953 artículo 4.
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