COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS




Promulgación: 22/10/1931
Publicación: 29/10/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 647
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Las cubiertas de los neumáticos para uso de camiones, tractores, ómnibus y remolques, quedan exoneradas de los derechos generales de importación, del adicional del 5 % de la patente extraordinaria, del adicional de puerto, de la patente de giro y consular, del impuesto de estadística y de los derechos correspondientes al Tesoro Escolar, y pagarán únicamente el impuesto fijado por la ley de Vialidad de 19 de Octubre de 1928.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2, 6 y 9.
Referencias al artículo

FABINI - EDMUNDO CASTILLO - JAVIER MENDIVIL - MANUEL V. RODRIGUEZ
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