REGLAMENTO DEL JUEGO DE BINGO
Aprobado/a por: Resolución Nº 181/980 de 21/01/1980 numeral 1.
(Artículo 19) se agrega/n por: Resolución Nº 1.427/980 de 12/05/1980
artículo 2.
Artículo 7º Los Premios.- Los premios a distribuir serán los
siguientes:
a) 2% de la recaudación de la serie para la primera tarjeta que obtenga
una línea ya sea horizontal, vertical o diagonal, aunque no llene el
casillero central o los cuatro vértices;
b) 4% para la tarjeta que obtenga primero las letras T. o L.;
c) 6% para la que obtenga primero cualquiera de las siguientes letras o
eventos: P.U.N.;
d) 8% para la que primero obtenga cualquiera de los siguientes eventos o
letras A.D.E. o S.;
e) 40% de la recaudación para el primer apostador que complete la tarjeta
con sus 24 números. Además se dispondrá que:
f) El 15% de la recaudación pasará a integrar un Premio Mayor o premio
especial que será asignado conjuntamente con el especificado en el literal
e), a aquel apostador que haya completado primero su tarjeta antes o
conjuntamente con la salida de hasta un número determinado de bolillas,
(de 50 a 60), quedando a criterio de la Administración la determinación
del límite, siempre que se anuncie con anticipación a los apostadores. La
iniciación de este fondo podrá hacerse con una suma de hasta N$ 50.000.00
aportada por el Casino.
El pago del fondo especial se hará con un descuento del 3% que pasará a
integrar el siguiente pozo;
g) El 25% restante será para el Casino.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Resolución Nº 1.427/980 de 12/05/1980 artículo 1.
Literal f párrafo final se modifica/n por: Resolución Nº 3.384/980 de
12/12/1980 artículo 1.
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