T.O. 1996 (DGI)
APROBADO POR DECRETO Nº 338/996
Documento actualizado durante su vigencia
Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.
Ver vigencia:
T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 (aprueba T.O. 2023),
Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 113 (Ley de Reforma
Tributaria).
Ver en esta norma, artículos: 79 - BIS Título 4 y 2 - Título 7
(Incidencias posteriores a la aprobación del T.O. 2023).
TITULO 7 - IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (IRPF)
Título sustituido (este Título regulaba el Impuesto a las Ventas
Forzadas, derogado por Ley 18.083 de 27/12/006 artículo 1).
CAPITULO III - CATEGORIA II - RENTAS DE TRABAJO
Artículo 39-BIST7
(Crédito fiscal por arrendamiento de inmuebles).- Los contribuyentes que fueran arrendatarios de inmuebles con destino a vivienda permanente podrán imputar el pago de este impuesto hasta el monto equivalente al 8% (ocho por ciento) del precio del arrendamiento, siempre que se identifique el arrendador. Dicha imputación se realizará por parte del titular o titulares del contrato de arrendamiento, en las condiciones que establezca la reglamentación. (*)
Para los arrendamientos temporarios de inmuebles con fines
turísticos, facúltase al Poder Ejecutivo a instrumentar un régimen de
imputación de un monto de hasta el 6% (seis por ciento) del precio del
arrendamiento, siempre que se identifique al arrendador. Dicho régimen
podrá limitarse temporalmente a zonas geográficas o al valor de la
propiedad. (*)
(*)Notas:
Inciso 1º) redacción dada por: Ley Nº 20.124 de 24/03/2023 artículo 2.
Inciso 1º) ver vigencia:
Ley Nº 20.124 de 24/03/2023 artículo 6,
Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.
Agregado/s por: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 811.
Inciso 1º) redacción dada anteriormente por:
Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 687,
Ley Nº 19.478 de 05/01/2017 artículo 21,
Ley Nº 19.210 de 29/04/2014 artículo 61.
TEXTO ORIGINAL:
Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 687,
Ley Nº 19.478 de 05/01/2017 artículo 21,
Ley Nº 19.210 de 29/04/2014 artículo 61,
Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 811.
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