DECLARACION DE INTERES NACIONAL. USO Y CONSERVACION DE LOS SUELOS Y DE LAS AGUAS SUPERFICIALES DESTINADOS A FINES AGROPECUARIOS




Promulgación: 23/12/1981
Publicación: 07/01/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1976
Reglamentada por:
      Decreto Nº 405/008 de 21/08/2008,
      Decreto Nº 333/004 de 16/09/2004,
      Decreto Nº 284/990 Derogada/o de 21/06/1990.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1

   Declárase de Interés Nacional promover y regular el uso y la conservación de los suelos y de las aguas superficiales destinadas a fines
agropecuarios.
   Es deber del Estado velar por prevenir y controlar la erosión y
degradación de los suelos, las inundaciones y la sedimentación en
cursos de agua y en los lagos y lagunas naturales y artificiales. (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) redacción dada por: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 351.
Inciso 2º) ver vigencia: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 5.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.239 de 23/12/1981 artículo 1.
Referencias al artículo

GREGORIO ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA - VALENTIN ARISMENDI - EDUARDO J.
SAMPSON - JULIO C. ESPINOLA
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