REGLAMENTACION RELATIVA AL COBRO EFECTIVO DE MULTAS POR INFRACCIONES DE TRANSITO POR EXCESO DE VELOCIDAD COMETIDAS POR EXTRANJEROS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL




Promulgación: 20/06/2024
Publicación: 28/06/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.824 de 18/09/2019 artículos 26, 26 - BIS, 26 
- BISA y 27.

Artículo 3

   Modifícase el artículo 27.6 del Decreto N° 329/021 de fecha 22 de septiembre de 2021 respecto al monto establecido para el grado 7, el que pasará a ser de 10 Unidades Reajustables únicamente en cuanto a las infracciones por exceso de velocidad en rutas nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 287 de la Ley N° 20.212 del 6 de noviembre de 2023. Este tope del valor de la multa entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2024. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.
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