REGLAMENTACION DE LOS ARTICULOS 242 A 246 DE LA LE 19.996, RELATIVA AL "PROGRAMA ACCESOS"




Promulgación: 20/06/2022
Publicación: 28/06/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículos 242, 243, 244, 
245 y 246.
   VISTO: lo dispuesto en los artículos 242 a 246 de la Ley N° 19.996, de fecha 3 de noviembre de 2021;

   RESULTANDO: que por la norma citada se creó el "Programa Accesos", el cual tiene como objeto promover la inserción laboral y el desarrollo socioeducativo de los participantes de los programas del Ministerio de Desarrollo Social y de otros organismos públicos;

   CONSIDERANDO: I) que a los efectos de dar cumplimiento a lo previsto en la norma legal y posibilitar su implementación, es necesario reglamentar diversos aspectos de los preceptuados por la misma;

   II) que, en ese sentido, la norma reglamentaria tiene como objetivo generar instrumentos eficaces para que permita a los beneficiarios y partes involucradas en el Programa Accesos ejercer sus derechos;

   III) que de acuerdo a los recientes informes del Instituto Nacional de Estadística sobre pobreza y de acuerdo a los informes del Ministerio de Desarrollo Social sobre nuevos consultantes por género, resulta de interés focalizar los esfuerzos en la población joven y femenina;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

CAPÍTULO I - DEL ALCANCE, OBJETIVO Y CUPOS DEL PROGRAMA

Artículo 1

   Alcance. El "Programa ACCESOS", en adelante "ACCESOS", es un programa socio-educativo-laboral perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES). Tiene alcance nacional y su administración y ejecución está a cargo de la División Descentralización Programática de la Dirección Nacional de Gestión Territorial.

   ACCESOS se rige por el principio de descentralización territorial, por lo tanto, su implementación y desarrollo responde a las particularidades y condiciones que generen las Direcciones Departamentales del MIDES, en articulación con otros organismos e instituciones públicas, en cada uno de los diecinueve departamentos que conforman el territorio nacional.

   LACALLE POU LUIS - MARTÍN LEMA
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