El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículos 242, 243, 244,
245 y 246.
CAPÍTULO II - DEL FUNCIONAMIENTO DE LA FASE I, DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 18
Reporte de incidencias. Toda institución que recibe participantes del programa ACCESOS se obliga a reportar mensualmente las inasistencias, cualquiera sea su motivo, a los efectos de que el área administrativa del programa pueda enviar la información a BPS para que éste realice la liquidación mensual de la prestación. Dicho reporte debe enviarse antes del día 5 de cada mes. En caso de accidente de trabajo debe dar aviso inmediato al MIDES, de forma de que éste pueda realizar las gestiones pertinentes ante el BSE y estar sujeto a lo que éste último disponga.