REGLAMENTACION DE LO DISPUESTO POR EL TITULO 16 DEL TEXTO ORDENADO 2023, QUE RECOPILA LAS NORMAS RELATIVAS AL IMPUESTO DE CONTROL DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS (ICOSA)




Promulgación: 18/11/2025
Publicación: 28/11/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 artículos 1 - Título 16, 
2 - Título 16, 3 - Título 16, 4 - Título 16, 5 - Título 16 y 6 - Título 
16.
   VISTO: lo dispuesto por el Titulo 16 del Texto Ordenado 2023 que recopila las normas relativas al Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas (ICOSA);

   CONSIDERANDO: la conveniencia de estructurar en un decreto orgánico las normas reglamentarias para la liquidación del referido tributo;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

          IMPUESTO DE CONTROL DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS (ICOSA)

Artículo 1

   Aspecto objetivo.- Quedan comprendidos en el hecho generador del impuesto:

a) La constitución de sociedades anónimas, incluso en aquellos casos en
   que sea consecuencia de transformación, fusión o escisión.

   Se encuentran comprendidas en el presente literal las sociedades
   constituidas en el extranjero que modifiquen su contrato, adoptando el
   tipo sociedad anónima, de conformidad con lo establecido en el
   artículo 1° del Título que se reglamenta.

b) El cierre de cada ejercicio fiscal, independientemente de que la
   sociedad haya tenido o no actividad.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2, 6, 7, 8, 9 y 11.

   YAMANDÚ ORSI - GABRIEL ODDONE
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